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Cuando se habla de asesinatos, de violaciones o de abusos sexuales a niños, el debate en la calle casi siempre tiene una respuesta parecida: cadena perpetua, que los maten, que se la corten…

Yo mismo, siendo sobreviviente de abusos sexuales en la infancia (ASI), me he planteado esta cuestión a menudo. Y la respuesta no debería ser tan complicada. Lo que percibo, y en parte también lo que siento, es que la gente no quiere saber de tecnicismos, sino que se cumplan las leyes, y si estas no están en concordancia con la gravedad del delito, entonces que se modifiquen. Pero ¿realmente es así de sencillo?

La judicatura, por su parte, aduce que su función consiste en aplicar la justicia y que a veces se les exigen cuestiones que van más allá de sus competencias. Cierto; ellos aplican la ley, la misma que presentan y aprueban los políticos; políticos, a su vez, que nosotros hemos votado. En todo caso, lo que podemos exigirles a los jueces es rigor en el cumplimiento de su trabajo.

¿Quizá debiéramos cambiar las leyes? Pues es probable que en algunos casos podría ser necesario y beneficioso. En el caso que me ocupa, o sea los ASI, nos encontramos con un delito que prescribe a los 15 años. ¿Qué ocurre? Pues que la mayoría de nosotros, cuando hablamos de lo que sucedió en nuestra infancia, si es que lo hacemos alguna vez, sucede muchos años después de que se haya cometido el delito, cuando ya somos adultos y hemos superado muchos obstáculos. Si en el camino de nuestras reivindicaciones está la denuncia, que además debería ser nuestro derecho, una buena parte de afectados comprobamos que ya no estamos a tiempo para hacer uso de él.

Una vez llegados a este punto también debemos preguntarnos ¿vale la pena denunciar? Si la pregunta me la hicieran directamente a mi estaría obligado a ser consecuente, y por lo tanto diría que formo parte de ese amplio porcentaje que no llegó a tiempo, pero que tampoco lo hubiera hecho en caso de estar dentro del plazo. Mi opción ha sido la denuncia social. Sin embargo considero que todas las personas deben tener garantizado este derecho, y no sólo por lo que respecta al posible denunciante, sino también por lo que atañe al agresor que, en el caso de los abusos sexuales, ha actuado siempre con una impunidad casi absoluta. Va siendo hora que modifiquemos esta lamentable realidad.


"Las personas que no participan activamente en las hostilidades (...) deben ser tratadas humanamente en todas las circunstancias".
Uno de los principios básicos de los Convenios de Ginebra


El 12 de agosto de 1949 se acogieron los cuatro Convenios de Ginebra, que representan la base principal del derecho internacional humanitario. Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales reúnen las normas primordiales que tienen como fin tasar la crueldad de la guerra, ya que es casi imposible acabar con ella.

Para el 12 de agosto de 2009 estos convenios cumplen sesenta años, seis décadas en las que estos tratados universales han buscado proteger a todos los civiles y a las personas que voluntariamente han decidido no participar de las hostilidades, incluyendo además a los prisioneros de guerra y a los militares heridos o enfermos.

Los Convenios de Ginebra son el componente más importante del derecho internacional humanitario (DIH), guerra la rama del derecho que protege a los civiles y a las personas que han dejado de participar en las hostilidades, incluidos los militares heridos y enfermos y los prisioneros de guerra.

Desde que se firmaron los cuatro Convenios de Ginebra en 1949, se han unido 194 estados, pero no todos han cumplido con los convenios, según los afirmó el presidente de Cruz Roja Española, Juan Manuel Suárez del Toro Rivero, en la celebración del 12 de agosto de 2009.

Con base en lo anterior Rivero hiso un llamado especial a países como Afganistán, Colombia, Filipinas, Georgia, Haití, Líbano, Liberia y República Democrática del Congo, entre otros, para que tanto los estados como los grupos armados al margen de la ley respeten las disposiciones de los Tratados de Ginebra.

Proteger a las víctimas de los conflictos armados debe tener más prioridad en un estado que el mismo hecho de acabar con los grupos alzados en armas, según lo que manifiestan quienes hicieron parte de la ceremonia conmemorativa de los 60 años.

Por su parte, Jakob Kellenberger, el presidente del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), manifestó que en la mayoría de los 194 estados que firmaron el convenio, las poblaciones desconocen los tratados y por encuestas que se realizaron se comprobó que los afectados no están recibiendo el apoyo que deberían y los actuales gobiernos no están conscientes del beneficio que trae haber firmado los convenios.

Las normas del los tratados están vigentes, así muchos críticos consideren que éstos ya pasaron de moda, que deben ser reformados y que no son adecuados para los conflictos actuales. De hecho con la encuesta que se realizó recientemente en el marco de la celebración de los 60 años de los tratados, al darle a conocer a las poblaciones afectadas el contenido de éstos, de inmediato manifestaban que si se respetaran y se aplicaran estos derechos de protección a los civiles y prisioneros en tiempos de guerra, no habría tanta barbarie contra aquellos que no hacen parte de las hostilidades y se podría evitar tanto sufrimiento.

Por tal razón, el 12 de agosto de 2009, el CICR reafirmó su posición en cuanto a los Convenios de Ginebra se refiere, apoyando en gran medida cada uno de estos tratados.


El 5 de julio de 2009 Ramón Custodio, el comisionado de Derechos Humanos de Honduras, asegura que en ese país no hay presos políticos y le enfatiza a la prensa en varias alocuciones que Honduras no tiene un solo detenido político, que la única persona con orden de captura en este sentido era el presidente derrocado Manuel Zelaya y que éste, en caso de aparecer en territorio hondureño recibiría todas las garantías y el debido proceso que establece la ley.

Lo extraño es que para el 14 de agosto del mismo año, un mes después de lo dicho por Ramón Custodio, la cifra de presos políticos asciende a 24, entre los que se cuentan hombres y mujeres. Todo esto durante el gobierno facto hondureño de Roberto Micheletti, quien pese a no ser reconocido por ningún país, gestiona casi normalmente los asuntos de la nación un mes y medio después del golpe de Estado del 28 de junio en el que fue destituido Zelaya.



La Facultad de Derecho de la Universidad de Chile

En una histórica construcción que data de 1938 en pleno corazón de Santiago de Chile la capital de los chilenos, junto al Parque Metropolitano y La Plaza Baquedano se encuentra situada La Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
Desde 1842, junto con la apertura de la Universidad se comenzó a dictar cátedra en la facultad de leyes y ciencias políticas, lo que hoy se conoce como facultad de derecho y en otras cuatro facultades de la misma.

La Facultad de Derecho de la Universidad de Chile es la mayor institución a nivel formativo de las ciencias jurídicas en Chile. Conserva el más alto liderazgo en su nivel académico teniendo en sus aulas a los mejores estudiantes de cada institución escolar. Para ello cuenta con los más prestigiosos catedráticos conocedores del derecho tanto nacional como internacional.

Es una Facultad abierta al mundo, al cambio y a las renovaciones académicas constantes. Permite los intercambios estudiantiles basados en sus principios y requisitos.

En la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile es posible, luego de estudiar el pensum y contar con la asesoría necesaria, elegir y construir el perfil de su carrera profesional.

Para el ingreso a la Facultad, se exige pasar una Prueba de Selección Universitaria P.S.U. para el 2009 se exigían los siguientes porcentajes:

Lenguaje y Comunicación 30%
Matemáticas 20%
Historia Geografía y Cs. Sociales 30%
Notas de Enseñanza Media 20%



La Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Desde 1889 se dictaban cursos de leyes en La Pontificia Universidad Católica de Chile, fundada el 21 de junio de 1888. La Facultad Derecho fue creada con el fin de formar excelentes abogados, aptos para enfrentar todo tipo de retos y de sobresalir no solo en chile sino en el mundo. Contando desde sus comienzos, con principios éticos y convicciones sólidas basadas en la calidad y la eficacia de su la formación impartida.

La Facultad Derecho de La Pontificia Universidad Católica de Chile, a parte de otorgar el Grado de licenciado de derecho al estudiante que egresa de la carrera, aprobando el examen de grado y de otorgar a través de la Corte Suprema de Chile el Titulo de Abogado, brindas la posibilidad de salir especializado en Derecho Civil, Derecho Económico-Comercial, Derecho Público, Fundamentos del Derecho, Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Derecho Penal o Global Business Law.

Del mismo modo ofrece postgrados en Magister en Derecho Constitucional, Magister en Derecho de la Empresa, LL.M-UC Versión Internacional y Programa de Doctorado en Derecho.

Además ofrece diplomados en Análisis y Planificación Tributaria, Conflicto Escolar: mediación y negociación, Derecho Administrativo económico, Gobiernos Corporativos y Sociedades Anónimas, Iglesia y Derecho: Actualización en la normativa canónica, Derecho del Trabajo y Seguridad Social en la Empresa, Propiedad Industrial e Intelectual, entre otros.

Como una manera de premiar la excelencia académica, la Pontificia Universidad Católica de Chile otorga a sus alumnos exenciones parciales o totales del arancel de matrícula anual. Además de ofrecer sistemas de becas y préstamos.


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