Posted bydonself | | en 7:00 |


En el año 1991, la Constitución Política de Colombia dicto lo siguiente: "Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido". En el año de 1997, la accion de cumplimiento en Colombia se desarrollo bajo la ley 393 de 1997.


Se puede decir entonces que la accion de cumplimiento se reconoce como uno de los medios de protección de los derechos sociales, económicos y culturales. Según muchos juristas, esta ley no es un modo directo de protección de derechos, sino que es un principio para la legalidad y la eficacia del orden jurídico. Este ley es procedente al momento en que las autoridades o las personas particulares que cumplen funciones públicas, incumplen las normas con fuerza de ley o actos administrativos, o incluso cuando se lleven a cabo hechos en los que se pueda deducir un inminente incumplimiento. Esto puede suceder tanto por acción como por omisión.

Es importante tener en cuenta que la accion de cumplimiento en Colombia la puede llegar a ejercer cualquier tipo de persona, ya sea natural o jurídica. Los servidores públicos, pero en especial el Procurador General de la Nación, los procuradores delegados, el Defensor del Pueblo, el Contralor General, y cualquier tipo de servidor que tenga a cargo labores de control en cualquier nivel.

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